REACCIÓN
Por Julia Ramírez para el Caribe Digital
Santo Domingo.− La dirigente del Partido Revolucionario Dominicano
(PRD), Geanilda Vásquez, dijo este lunes que si no se está de acuerdo con la
sentencia que ordena su reintegro a esa organización tienen el derecho de
recurrirla, pero que igual es ejecutable.
“El único recurso susceptible es el de
revisión constitucional y este solo procede donde haya una
contravención a la Constitución, y como sabemos que esta es una magistrada
estudiosa, de carrera, que ha demostrado que administra justicia correctamente,
dudamos que haya una contradicción con la Constitución”, dijo Vásquez. Vaticinó
que recurrir la sentencia sería “un intento fallido”.
Indicó además, que en lo adelante lo que
se hará es ejecutar la decisión que ordena su reintegración en su función de
secretaria del PRD.
Agregó que este elemento que se introduce
con la sentencia debe ser un puente de entendimiento y de procurar un clima de
paz y armonía. “Yo no creo que esto sea para seguir en diferencia sino un medio
para entendernos”, sostuvo.
Aclaró que hay un procedimiento antes de
ejecutar la decisión pero espera que en esta semana se le dé cumplimiento.
De su lado, Julio Cury, abogado de Vásquez, explicó que la decisión
se notificará a la Junta Central Electoral (JCE) para que certifique quien es el
secretario de organización actual y luego ejecutará.
Jueza dice PRD violó proceso en
juicio
La juez Tania Yunes, de la Novena Sala
Penal, indicó en su sentencia que se violó el debido proceso de ley en el
juicio disciplinario seguido a Vásquez debido a que las imputaciones formuladas
en su contra fueron variadas en tres ocasiones por tres órganos distintos,
realizando exclusiones e inclusiones de forma irregular violando su
derecho de defensa.
Además, la jueza indica que se violó el
principio de correlación porque la resolución del Consejo Nacional
Disciplinario, incluye violaciones en contra de la amparista que no existen en
la querella disciplinaria.
Agrega también que no se explica de forma
detallada en qué consistieron las faltas de la reclamante ni si las mismas
quedaron probadas, al no quedar explicados los motivos de la decisión, la misma
deviene en arbitraria y discriminatoria.
“Esta jurisdicción tiene a bien afirmar
que se violó, que se concluyó el debido proceso de ley contra la amparista
Geanilda Vásquez”, reseña la sentencia.
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