Solicitan la anulación de asamblea que pretende destituir presidentes de frentes de masa del PRD.
Santo Domingo.− Varios frentes de masa del Partido Revolucionario
Dominicano elevaron este viernes un recurso contra la asamblea en la que el
Presidente de facto del PRD pretende suplantar las autoridades actuales de esos
organismos partidarios, apéndice de la organización política.
La Presidenta del Frente de Abogados Doctora
Bélgia Soler y el Doctor Ramón Acosta, Presidente del Frente de Salud del Partido
Revolucionario Dominicano, apoderaron ayer al Tribunal Superior Electoral, para
solicitar la anulación de la asamblea que efectuó el pasado domingo.
Los demandantes manifiestan que Miguel
vargas con la realización de ese evento, pretende destituir a los presidentes
de los respectivos frentes, en franca violación a los estatutos del partido
blanco.
Manifestaron, que una vez más Miguel
Vargas, con acciones como esta lacera la democracia del PRD y no comparten las
intenciones malsanas de este.
De su lado la Doctora Bélgia Soler, señaló
que los actos del presidente Vargas, son nulas de efectos, porque violan los
preceptos de los artículos 144 y 145 de los Estatutos Generales del PRD, que
rige la organización y sus organismos y dependencias.
Soler manifestó, en declaraciones
exclusivas a este medio, que con su actitud Miguel Vargas da una estocada a la
democracia del PRD, ya que desconoce la autonomía que tienen los Frentes de
Masa, de escoger sus autoridades, dadas por los estatutos del partido, en los
señalados artículos.
Señalo que el ARTÍCULO 144, establece que a más tardar Seis (6) meses
después de celebrada la Convención Nacional Extraordinaria, cada Frente de
Masas deberá realizar su Pleno Nacional a fin de escoger su propia dirección.
De no hacerlo así, no podrá participar con sus delegados(as) en ningún
organismo; y el ARTÍCULO 145, dice bien
claro que los plenos de los Frentes de Masas tendrán como atribuciones:
a) Elegir al (la)
Presidente(a), los(as) dos (2) Vicepresidentes(as), el(la) Secretario(a)
b) General,
Secretario(a) de Organización, por votación universal directa y secreta de sus
c) miembros(as)
a nivel nacional.
PÁRRAFO.- Los(as)
demás miembros(as) titulares de la Dirección Nacional serán electos(as) por su
respectivo pleno.
d) Discutir y
aprobar sus estrategias y sus reglamentos, los cuales deberán ser sancionados
por la Comisión Política del Comité Ejecutivo Nacional.
e) Elegir
los(as) Delegados(as) de los Frentes de Masas ante la Convención Nacional, para
los cargos de dirección partidaria y para los cargos públicos de elección
popular.
Dijo
que en ningún articulo de nuestro estatutos dice que el presidente del partido
o cualquier otra autoridad tiene facultad para elegir la dirección de los
frentes que no sean sus mismos miembros, reunidos en plenos por separado de
cada frente.
La
presidenta de frente de Abogados, concluyo diciendo que espera del TSE, la
aplicación de justicia y haga valer los derechos partidarios de los miembros de
los frentes y se siembre un precedente para que se haga valer la autonomía de
estos organismos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario