Insistió que tampoco se respetó el numeral 7 del artículo 69 de la carta magna que ordena que todo proceso observe “la plenitud de las formalidades propias de cada juicio”.
Dr. Emmanuel Esquea Guerrero, Ex
Presidente de la Republica.
Santo Domingo.˗ El abogado y dirigente del
Partido Revolucionario Dominicano, doctor Emmanuel Esquea Guerrero, afirmó que
la Resolución dictada por el Director Nacional de Persecución de la Corrupción
Administrativa, licenciado Otoniel Bonilla García, disponiendo el archivo
definitivo del expediente investigativo contra el Ingeniero Félix Bautista es
nula por haber violado normas constitucionales, tal como lo expuso el doctor
Francisco Domínguez Brito, Procurador General de la República al pedir a la
Suprema Corte de Justicia revocar esa decisión.
De acuerdo al ex Consultor Jurídico del
Poder Ejecutivo el auto del también Procurador General Adjunto “viola el
derecho al “debido proceso” de los denunciantes y los querellantes consagrado por el
artículo 69 de la constitución de la República, ya que ellos no fueron oídos
como manda el ordinal 2 del referido artículo 69, ni se respetó su derecho de
defensa como dispone el numeral 4 del mismo artículo, al no haber igualdad en
la investigación, pues ni siquiera fueron citados”.
Insistió el doctor Esquea Guerrero que
tampoco se respetó el numeral 7 del artículo 69 de la carta magna que ordena
que todo proceso observe “la plenitud de las formalidades propias de cada
juicio”, en razón de que el
Ministerio Público violó el “Principio
de Legalidad” consagrado en el artículo 13 de la Ley Orgánica del Ministerio
Público que le exige someter
sus actuaciones a la Constitución, las leyes y los “precedentes
jurisdiccionales vinculantes”.
Precisó que en su sentencia del 18 de diciembre de
2008, la Suprema Corte de Justicia, reconoció el carácter de empréstito público
del contrato de la Sunland al señalar que “ciertamente, como ha sido alegado
en la especie, el Poder Ejecutivo estaba
en el deber ineludible de someter el acto impugnado a la sanción del Congreso
Nacional; lo cual
desconoció de manera
expresa, el Procurador General Adjunto al decir en su auto que: “…tanto el
contrato como los recursos que de él se derivaron, no constituían
empréstitos capaces de comprometer la renta pública”.
El proclamado aspirante a la presidencia
del PRD enfatizó que el
artículo 6 de la Constitución expresa que “Son nulos de pleno derecho toda ley,
decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a la Constitución”, por lo
que la referida resolución
no puede producir ningún efecto jurídico y en consecuencia es para los fines
legales inexistente.
El doctor Esquea Guerrero emitió sus
puntos de vista al comparecer al
programa Los Sabios que transmite la emisora la Z-101, bajo la producción del
ingeniero Ramón Alburquerque.
No hay comentarios:
Publicar un comentario