OPINION
¡Inadmisible! Esa fue la decisión del Tribunal Superior Electoral en relación a una acción de amparo preventivo que “osamos” interponer por ante ese tribunal.
Nuestro pedimento era muy sencillo, algo que como quien dice se cae de la mata: que se ordenara a la Junta Municipal de Santo Domingo Este abstenerse de emitir certificados de elección o realizar proclamaciones hasta que las demandas en nulidad que se están conociendo por ante esa Junta sean resueltas, protegiendo el derecho a ser elegidos de los demás candidatos, pues se estaría proclamando a alguien cuyo proceso de elección esta aun pendiente. Es algo que se desprende hasta del orden lógico de la ley electoral. Pero ni eso fue capaz de fallarnos a favor el TSE.